Este documento fue elaborado por BotiLex, la solución de Inteligencia Artificial desarrollada por I-Jurídica, a partir de su base de conocimiento, que reúne sentencias seleccionadas y analizadas por Portal I-Jurídica Argentina


De las sentencias publicadas surge una línea relativamente constante: el despido indirecto exige que el incumplimiento patronal tenga gravedad suficiente, se encuentre probado y torne razonablemente imposible la continuidad del vínculo. También se observa especial atención a la intimación previa, la buena fe, la registración laboral, el pago de salarios y la proporcionalidad de las medidas empresarias.

1. Abuso del ius variandi y modificación perjudicial de las condiciones laborales

  • La CNAT, Sala VIII, consideró justificado el despido indirecto ante el cambio unilateral del domicilio laboral.
  • El traslado implicaba más de 38 kilómetros y más de dos horas diarias de viaje mediante transporte público.
  • El tribunal entendió que la modificación provocaba un perjuicio concreto y significativo para la trabajadora.
  • No se acreditó una razón funcional objetiva que justificara la medida empresarial.
  • La decisión reafirma que el ius variandi debe ejercerse con razonabilidad, proporcionalidad y buena fe.
  • También se valoró la existencia de remuneraciones abonadas mediante vales y no correctamente registradas.

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2. Consentimiento tácito de una jornada reducida y sanción disciplinaria improcedente

  • La trabajadora invocó que la empleadora había consentido durante un período prolongado una jornada de cuatro horas diarias.
  • La empresa posteriormente aplicó una suspensión sin goce de haberes, descuentos salariales y otras consecuencias disciplinarias.
  • La prueba testimonial, documental y pericial permitió tener por acreditada la aceptación prolongada de la modalidad horaria.
  • La sanción fue considerada injustificada porque desconoció una situación previamente tolerada por la empleadora.
  • La injuria patronal habilitó a la trabajadora a colocarse en situación de despido indirecto.
  • Sin embargo, se confirmó el rechazo de la multa del artículo 80 de la LCT por incumplimiento de los requisitos formales del emplazamiento.

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3. Necesidad de acreditar concretamente las causales invocadas

  • La CNAT, Sala VII, rechazó la procedencia del despido indirecto porque no se acreditaron las injurias alegadas.
  • El trabajador sostuvo que cumplía funciones correspondientes a una categoría superior y una jornada laboral extendida.
  • Los testimonios no demostraron que ejerciera tareas propias de la categoría de “vigilador principal”.
  • Tampoco se probó que hubiera trabajado horas extraordinarias durante el último período de la relación.
  • La falta de exhibición de planillas horarias no fue suficiente para aplicar automáticamente la presunción del artículo 55 de la LCT.
  • La sentencia destaca que la mera invocación de incumplimientos no reemplaza la prueba de los hechos constitutivos de la injuria.

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4. Falta de pago de salarios e injuria grave

  • La falta de pago oportuno de los salarios fue considerada un incumplimiento grave de la principal obligación contractual del empleador.
  • Las dificultades económicas derivadas de la pandemia no eximieron a la empresa de acreditar una imposibilidad material concreta.
  • Tampoco se acreditó la utilización de mecanismos legales alternativos, como suspensiones por fuerza mayor o el procedimiento preventivo de crisis.
  • El despido indirecto dispuesto por la trabajadora fue considerado justificado.
  • El tribunal admitió los incrementos indemnizatorios vinculados con la falta de pago de las indemnizaciones legales.
  • La sentencia también analizó la inclusión de sumas no remunerativas en la base indemnizatoria y la actualización de los créditos laborales.

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5. Falta de pago de remuneraciones: intimación previa y buena fe

  • La falta de pago de salarios puede constituir una injuria suficiente para extinguir indirectamente el contrato.
  • Sin embargo, la sentencia exige, como regla, una intimación previa, fehaciente y bajo apercibimiento.
  • La intimación se fundamenta en el principio de buena fe previsto por el artículo 63 de la LCT.
  • La mora salarial se produce por el vencimiento del plazo de pago, pero ello no elimina la necesidad de intimar para configurar la injuria rescisoria.
  • El trabajador debe otorgar al empleador la posibilidad de cumplir antes de considerarse despedido.
  • La existencia de salarios adeudados no garantiza por sí sola la procedencia de las indemnizaciones derivadas del despido indirecto.

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6. Carga de la prueba en el autodespido

  • La Cámara de Rafaela sostuvo que quien se coloca en situación de despido indirecto debe acreditar los hechos que invoca como causal.
  • La carga probatoria recae sobre el trabajador porque fue quien decidió extinguir el vínculo por culpa de la empleadora.
  • La regla comprende los incumplimientos relativos a registración, salarios, accidentes o demás obligaciones laborales invocadas.
  • El deber de colaboración de la empleadora no se confunde con una inversión automática de la carga de la prueba.
  • La valoración de los testimonios y demás elementos corresponde, en principio, al juez de la causa.
  • La sentencia reafirma que, si los hechos constitutivos de la injuria no son probados, el reclamo indemnizatorio puede fracasar.

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7. Registración defectuosa y falta de aportes como causal de autodespido

  • En materia de trabajo doméstico, se consideró que la registración defectuosa podía constituir una injuria laboral.
  • La falta de registración o la registración tardía vulnera el orden público laboral y el principio de buena fe.
  • También se valoró el incumplimiento de los aportes al sistema de seguridad social.
  • Cuando se invocan varias causales, basta que una de ellas tenga gravedad autónoma y sea debidamente acreditada.
  • La incorrecta fecha de ingreso fue considerada suficiente para configurar una injuria cualitativa.
  • El criterio muestra que una irregularidad registral relevante puede justificar el despido indirecto aun cuando no prosperen todas las causales invocadas.

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8. Falta de acreditación de aportes y horas extras

  • La CNAT, Sala VIII, dejó sin efecto la procedencia del despido indirecto porque no se probaron suficientemente las causales invocadas.
  • La trabajadora alegó falta de pago de horas extras y ausencia de aportes y contribuciones.
  • El tribunal observó que no se precisó adecuadamente la jornada, la cantidad de horas ni el período reclamado.
  • Tampoco se produjo prueba suficiente sobre la falta de ingreso de los aportes previsionales.
  • La ausencia de demostración de los incumplimientos impidió considerar configurada la injuria laboral.
  • Como consecuencia, fueron rechazadas las indemnizaciones derivadas del despido y las multas vinculadas.

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