Este documento fue elaborado por BotiLex, la solución de Inteligencia Artificial desarrollada por I-Jurídica, a partir de su base de conocimiento, que reúne sentencias seleccionadas y analizadas por Portal I-Jurídica Argentina


1. Responsabilidad del consorcio por filtraciones, desvalorización del inmueble y daño moral

Cámara Civil, Sala G. El consorcio, como persona jurídica, tiene a su cargo la conservación y mantenimiento de los bienes y sectores comunes del edificio.
La falta de reparación de cañerías, instalaciones o sectores comunes puede generar responsabilidad frente a copropietarios y terceros.
En los supuestos de humedades, el consorcio responde cuando la causa adecuada del daño proviene de cosas comunes.
La responsabilidad comprende los perjuicios ocasionados por filtraciones, taponamientos o deficiencias en las cañerías comunes.
La resolución vincula el deber de reparar con los arts. 1716, 1717, 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial.
También analiza la procedencia del daño moral y la desvalorización del inmueble afectado.

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2. Daños causados por filtraciones originadas en cañerías comunes

Cámara Civil, Sala B. Se tuvo por acreditado que las filtraciones que afectaron el cielorraso de un local comercial provenían de una cañería de desagüe pluvial común.
La reparación y mantenimiento de ese elemento correspondía al consorcio.
La Cámara confirmó la atribución de responsabilidad al consorcio por los daños materiales y el lucro cesante.
Se consideró probado el perjuicio derivado de la rescisión anticipada de contratos de locación y de la desocupación del local.
Sin embargo, se rechazó el daño moral por falta de acreditación de una afectación extrapatrimonial relevante.
La decisión destaca la importancia de la prueba pericial para determinar el origen de las filtraciones.
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3. Responsabilidad del consorcio por humedad y filtraciones en una unidad funcional

Cámara Civil, Sala J. La causa se originó en filtraciones y deficiencias estructurales que afectaron distintos ambientes de una unidad funcional.
El peritaje de ingeniería vinculó los daños con instalaciones sanitarias y cañerías comunes.
La omisión del consorcio en reparar oportunamente esas instalaciones fue considerada un incumplimiento de sus obligaciones.
La responsabilidad fue encuadrada como contractual, con fundamento en el reglamento de copropiedad y en el Código Civil y Comercial.
Se reconocieron daños materiales determinados a partir del informe técnico y de los valores de plaza.
También se admitió el daño moral, teniendo en cuenta la persistencia de los daños, la inhabitabilidad del inmueble y la conducta morosa del consorcio.
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4. Prescripción de la acción por daños derivados de filtraciones

Cámara Civil, Sala M. La actora atribuyó al consorcio los daños producidos por filtraciones de humedad provenientes de la falta de conservación de partes comunes.
El tribunal analizó si el daño continuado impedía el inicio del plazo de prescripción.
Se consideró que el perjuicio provenía de una causa única e identificable: la deficiente impermeabilización.
La persistencia o agravamiento de las consecuencias no generó nuevos plazos prescriptivos.
El plazo comenzó a computarse desde que la damnificada tomó conocimiento del daño.
La Cámara confirmó la prescripción de la acción por haber sido promovida una vez transcurrido el plazo quinquenal del art. 2560 del Código Civil y Comercial.
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5. Indemnización por filtraciones originadas en instalaciones comunes

Cámara Civil, Sala L. Se estableció la responsabilidad del consorcio por los daños provocados por filtraciones en una unidad funcional.

La causa del deterioro fue vinculada con averías en instalaciones comunes.
Entre ellas se mencionaron la instalación sanitaria, la instalación pluvial y la estanqueidad de la terraza superior.
El consorcio fue considerado responsable por la falta de conservación y reparación de esos elementos.
El criterio reconoce la procedencia de una indemnización a favor del propietario damnificado.
La decisión constituye un antecedente específico sobre filtraciones de humedad provenientes de sectores comunes.
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